Preguntas frecuentes

El artículo 335.1 de la LEC (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil) se refiere a la figura del perito y establece que: Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por un perito designado por el tribunal.

Así pues, un peritaje es un informe en el que un experto contesta a una o más preguntas o da su opinión profesional sobre cuestiones planteadas por el juez o las partes. Este dictamen pretende ayudar a una persona que, por no tener los conocimientos técnicos necesarios, no puede responder a dichas preguntas por sí misma, o desea presentar el informe como una prueba. El informe debe ser escrito pensando en su lector, exponiendo las conclusiones de manera razonada y comprensible para alguien no experto.

Son también los estudios e investigaciones usados en asuntos privados para la búsqueda de pruebas y argumentos que sirvan a una de las partes en discusión para decantar la discrepancia a su favor.

En el ámbito de la Ingeniería Informática, es el estudio de investigación orientado a la obtención de una prueba informática de aplicación en sede judicial, para que sirva a un juez para decidir sobre la culpabilidad o inocencia de una de las partes.

Un peritaje lo puede solicitar un estamento judicial, como parte de algún proceso; por ejemplo, si el juez debe tener en cuenta hechos cuya interpretación requiere conocimientos informáticos. Dentro de un proceso judicial también puede ser solicitado por las partes en litigio.

También existen peritajes privados, que pueden solicitar otras entidades o particulares; por ejemplo, alguien puede solicitar un peritaje precisamente para valorar si le conviene o no ir a juicio por algo.

Contacte con nosotros usando nuestro formulario de CONTACTO. Te proporcionaremos gratuitamente toda la información que necesites y te enviaremos un presupuesto detallado sin ningún compromiso.

Puede consultar nuestro CATÁLOGO DE SERVICIOS para ver nuestras áreas de especialización, sin perjuicio de poder abordar otros asuntos u orientar sobre su posible resolución.

En ocasiones, nuestros clientes no solo quieren demostrar la existencia de un acto delictivo, sino que también desean recuperar la información perdida.

El perito informático es un profesional de muy alta cualificación, dotado de conocimientos especializados en Ingeniería Informática y legalmente reconocido en todos los ámbitos. Su cometido principal es aportar información y/u opinión fundada a los juzgados, sobre hechos controvertidos que son materia de su dictamen pericial, aportando conocimientos técnicos de los que el juzgador carece para poder dictar sentencia de forma justa y razonada.

La labor del perito informático consiste en realizar un análisis forense. El análisis forense comprende una serie de etapas destinadas a asegurar las evidencias encontradas, de tal manera que se garantice su validez. Las etapas más importantes son las siguientes:

  • Asegurar la escena: Su objetivo es realizar o solicitar la realización de todas las acciones necesarias para impedir que la prueba pueda ser alterada.

  • Identificar las evidencias digitales: Se deben identificar los dispositivos y sistemas a analizar e identificar en ellos qué evidencias deben recogerse para un análisis posterior.

  • Obtener y preservar las evidencias digitales: Consiste en capturar las evidencias digitales y en realizar imágenes forenses preservando la cadena de custodia de la prueba digital. Se trata de una fase crítica debido a la posibilidad de modificar por error alguna de las evidencias digitales. Un error de este estilo podría invalidar las pruebas en un posible proceso judicial.

  • Análisis de las evidencias digitales intervenidas: Se trata de aplicar un conjunto de técnicas científicas y analíticas sobre los medios preservados al objeto de determinar o inferir más allá de toda duda que ciertas conductas tuvieron lugar. Mediante las citadas conductas, se podrá determinar si el hecho investigado tuvo o no lugar. Suele ser de gran ayuda conocer los antecedentes y la situación actual, con el fin de fijar la estrategia de investigación correcta que se quiere seguir para investigar un hecho.

  • Presentar su trabajo al tribunal: Finalizado el análisis forense se debe redactar un informe pericial con conclusiones argumentadas y justificación del sistema de trabajo empleado. El informe debe ser claro y conciso de tal forma que pueda ser fácilmente entendible por un Tribunal.

  • Ratificación en juicio oral: En caso de ser requerido, el perito informático acudirá al juzgado para ratificar su dictamen pericial informático y someterse al interrogatorio de las partes.

De acuerdo con el artículo 340 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, un perito informático debe tener un título oficial acorde con la materia objeto del dictamen, entendiéndose como título oficial las siguientes titulaciones universitarias:

  • Máster Oficial en Ingeniería Informática.

  • Graduado en Ingeniería Informática, obtenida de conformidad con la Resolución de 8 de junio de 2009 de la Secretaría General de Universidades publicada en el BOE de 4 de agosto de 2009.

  • Ingeniería Informática.

  • Ingeniero Técnico en Informática de Gestión o Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, obtenidas de conformidad con lo dispuesto en los Reales Decretos 1460/1990 y 1461/1990, de 26 de octubre, respectivamente.

  • Licenciatura en Informática.

  • Diplomado en Informática, homologado por Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

  • Módulo de Grado Superior de Informática. En este caso el módulo de FP debe estar directamente relacionado con la materia objeto del dictamen.

  • Título extranjero equivalente debidamente homologado por la autoridad competente, sin perjuicio de lo que resulte de la aplicación de la normativa de la Unión Europea.

Si un perito informático no cuenta con una titulación oficial que lo acredite como tal, sus investigaciones pueden ser consideradas no válidas para la resolución favorable de un litigio. Esto debe ser tenido en consideración a la hora de contratar un perito de parte.

Para el caso de los peritos designados judicialmente, estos deben ser nombrados por un juez o tribunal, con conocimiento de las partes involucradas. Por lo tanto, si una autoridad competente no ha autorizado al perito informático, la realización de su trabajo y toda su investigación, no puede ser considerada válida debido a que carece de aprobación oficial.

Cuando las pruebas derivadas de los análisis informáticos han sido obtenidas a partir de sistemas no implementados a la luz de reglamentaciones específicas, es inevitable su cuestionamiento.

Los requisitos para ser perito informático y poder actuar legalmente ante un tribunal de justicia son:

  • Poseer titulación oficial de informática, esto es, expedida por una institución pública en nombre del Rey.

  • Carecer de antecedentes penales.

  • En el caso de los titulados superiores, estar colegiado. De no acreditar ante el Letrado de la Administración de Justicia este extremo antes de entrar en sala a prestar declaración, el profesional deberá acudir con su titulación o copia compulsada de la misma para que se dé fe de que efectivamente está titulado.

  • En el caso de los profesionales colegiados, el requisito de poseer titulación oficial ya lo ha verificado el colegio profesional de pertenencia.

De no cumplir con estas obligaciones el actuante como perito se arriesga a que su dictamen pericial no sea admitido por el juez, dando al traste con los intereses de su cliente y enfrentándose a las responsabilidades civiles y penales que este le requiera, pudiendo incluso enfrentarse a penas de prisión y fuertes multas.

Adicionalmente, si el perito no cuenta con la titulación oficial, estaría incurriendo en un delito de intrusismo profesional, penado con hasta 24 meses de multa y 2 años de prisión. Aclarar que un Máster propio de una universidad no es una titulación oficial.

De no estar titulado el profesional podrá actuar en los juzgados como "entendido en la materia", pero no como Perito en ella.

Está aumentando el número de dictámenes periciales informáticos que se desestiman en los litigios y no son tenidos en cuenta a la hora de dictar sentencia, por no estar firmados por peritos informáticos legalmente habilitados para ello. La inhabilitación se debe frecuentemente por carecer de titulación oficial de informática.

Si los profesionales contratados no son peritos informáticos legalmente habilitados, se arriesga a que el dictamen pericial informático no sea tenido en cuenta por el tribunal, pudiendo acarrearle gravísimos perjuicios. Por ello, le recomendamos que exija al perito informático contratado que acredite su grado de cualificación con carácter previo y que le garantice que no incurre en ninguno de los supuestos de recusación o tacha.

No todo profesional de la informática puede actuar como un buen perito informático, debido a las actitudes específicas requeridas para esta función. Algunos requisitos para ser perito informático son:

  • Dominar la técnica de elaboración de un dictamen pericial informático.

  • Carecer de miedo escénico.

  • Tener aptitudes para intervenir en una vista oral.

  • Poseer conocimientos jurídicos más allá de los propios de su profesión.

 

El perito no tiene por qué conocer las reglas del juego procesal con la amplitud y profundidad de un abogado. Al igual que estos, debe actuar en un juicio de forma convincente, pero a diferencia de ellos, el perito informático judicial debe buscar la verdad material, no la defensa a ultranza de las posiciones de su defendido.

El perito de parte es un experto que elige usted y el perito designado judicialmente lo elige el juzgado.

Las ventajas de elegir a un perito de parte son las siguientes:

  • Puede elegir al profesional que mejor se adapte (por formación y experiencia) a sus necesidades. Si el juzgado le asigna un perito judicial, corre el riesgo de que su formación o su solvencia no sea la más adecuada al requerimiento. También es posible que el perito no cuente con los recursos técnicos necesarios para llevarlo a cabo con plenas garantías.

  • Puede conocer y negociar los honorarios antes de su contratación para evitarse solicitudes económicas elevadas. Si el juzgado le asigna un perito judicial, este solicitará una provisión de fondos que, si no acepta, no le permitirá disponer del dictamen ni asignar otro perito. Podrá, en cualquier caso, impugnar los honorarios solicitados, pero deberá ser el órgano judicial quien decida si son adecuados.

  • El abogado podrá aportar sugerencias y recomendaciones al perito. También podrá supervisar el dictamen antes de su emisión definitiva para perfilar determinadas cuestiones. Si el juzgado le asigna un perito judicial, es posible que este no acepte ningún tipo de intervención por parte del letrado.

  • Podrá controlar mejor los plazos de presentación del dictamen y conocer el estado en que se encuentra su desarrollo. Si el juzgado le asigna un perito judicial, difícilmente sabrá cuándo se entregará el dictamen.

En nuestro caso, todos nuestros expertos actúan como peritos judiciales y, por tanto, aúnan la ventaja de ambas circunstancias.

Un perito informático de parte, además de las propias de un perito, tiene las siguientes funciones:

  • Asesorar a la parte que le contrata antes de formular la demanda, para poder decidir qué probabilidades hay de que prospere la misma.

  • Apoyar a la parte que le contrata de cara a exponer los alegatos técnicos en su escrito inicial o para estudiar y rebatir la contestación a la demanda.

  • Recomendar a la parte que le contrata la propuesta de las pruebas que el profesional considere más sólidas.

  • Auxiliar al letrado de la parte que le contrata en la preparación del juicio y en la práctica de todas las pruebas, especialmente en el interrogatorio a otros peritos.

  • Auxiliar a la parte que le contrata cuando, conocida la sentencia, tenga que decidir sobre la posibilidad de interponer recurso, examinando los razonamientos técnicos que puedan fundamentar el fallo.

Contratar a peritos informáticos colegiados supone una serie de garantías legales de servicio, de las que carecen los profesionales no colegiados:

  • El hecho de estar colegiado supone una certificación de que el perito informático está debidamente cualificado para la realización de los trabajos demandados, evitando que el dictamen pericial sea invalidado por carecer su autor de titulación.

  • Los peritos informáticos colegiados están sujetos al cumplimiento obligatorio, entre otros, de la deontología profesional, la cual garantiza el comportamiento del profesional y la calidad mínima de los servicios prestados.

  • Los peritos informáticos colegiados cuentan con un seguro de responsabilidad civil profesional que cubre los daños ocasionados en caso de contingencia.

  • Los peritos informáticos colegiados están sujetos al control disciplinario de su colegio profesional de pertenencia, el cual puede mediar en caso de conflicto y/o tramitar la correspondiente queja o reclamación del usuario.

  • Puede solicitar el registro de los trabajos contratados ante el colegio profesional de pertenencia del perito, que actuará como garante y custodio de dichos trabajos.

  • Puede solicitar el visado colegial de los trabajos contratados, lo que supone una certificación de cumplimiento de la normativa de aplicación, de la corrección formal de los mismos y de la habilitación profesional de su autor.

Por Ley, los peritos informáticos colegiados, en cumplimiento de la deontología profesional en vigor, están obligados a actuar de la siguiente manera:

  • Con independencia en el ejercicio de su actividad.

  • Con dignidad. Debe actuar conforme a la dignidad de la actividad profesional, absteniéndose de todo comportamiento que suponga infracción o descrédito. Siempre prestando servicios con una conducta irreprochable, guiada por la responsabilidad y rectitud.

  • Con integridad. Debe asumir el deber de ser honesto, leal, veraz y diligente en el desempeño de su actividad profesional, y en la relación con sus clientes y colaboradores.

  • Teniendo en cuenta el bienestar público. Debe considerar como primordial la seguridad, salubridad y bienestar público.

  • Bajo secreto profesional. La confidencia y la confianza son esenciales características de las relaciones con clientes y colaboradores. Imponen el deber del secreto profesional, buscando guardar de todos los hechos y noticias que conozca por razón de cualquiera de sus actuaciones profesionales, así como de informaciones técnicas, económicas y de carácter personal que obtenga durante las mismas, siempre y cuando no exista justificación legal en contra. Este secreto profesional subsistirá aún después de finalizar la relación con el cliente o con la persona que lo hubiese generado.

  • En interés del cliente. En el desempeño de su actividad profesional velará activamente por la satisfacción de los intereses del cliente, siempre que tales intereses no entren en conflicto con el interés público y/o la legislación vigente.

  • Con respeto a los derechos humanos. Deberá tratar con el debido respeto a todas las personas sin distinción, cumpliendo con los derechos humanos y velando por su protección.

  • Con responsabilidad. Desarrollará su labor con sentido de responsabilidad, aceptando a su vez la responsabilidad total por el trabajo realizado, admitiendo sus propios errores sin alterar ni distorsionar hechos o desviar culpas.

  • Con compañerismo. Mantendrá relaciones de respeto, afecto, solidaridad y colaboración con otros compañeros de profesión.

  • Con prestigio. Apoyará todo aquello que redunde en beneficio y prestigio de la Ingeniería Informática y la labor pericial informática, siempre que no contradiga sus deberes deontológicos.

  • Observando su función social. Como partícipes de la evolución de la sociedad de la información orientará sus actuaciones al impulso de la misma y al servicio de la Sociedad y su correcto desarrollo tecnológico.

  • En defensa de la legislación. Asumirá el deber de cumplir y velar por el cumplimiento de todo el ordenamiento jurídico de aplicación en su actividad profesional.

  • Con prudencia y adecuación en la aplicación de instrumentos y técnicas. Buscará siempre la solución tecnológica más adecuada a las necesidades y capacidad presupuestaria de sus clientes.

  • Observando la neutralidad técnica. Evitará activamente la imposición de tecnología o técnicas de trabajo que no se correspondan con las necesidades y capacidad presupuestaria del cliente o que puedan colisionar con el interés público.

  • Con solidez, de la fundamentación objetiva y científica de sus actuaciones profesionales.

El procedimiento más efectivo es localizar al perito informático en el directorio profesional del Colegio de la Comunidad Autónoma. Hossaín Mimón, nuestro perito informático titular colegiado, pertenece al COETIIB (Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de las Islas Baleares) y al CPITIA (Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía).

El Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de cada autonomía velará por la calidad de los servicios prestados por los peritos informáticos colegiados así como de los derechos de los usuarios y consumidores afectados por los mismos. El Colegio supone una garantía sobre los mismos así como la primera entidad a la que recurrir en caso de discrepancias.

En un mundo donde el peritaje informático es cada día más importante en la resolución de procesos judiciales de toda índole, no se la juegue, contrate solo a profesionales colegiados.

Todos nuestros peritos informáticos están colegiados y legalmente habilitados para actuar ante los tribunales de toda España.

El visado colegial del peritaje informático es el instrumento básico para la ordenación de la profesión de Ingeniero Técnico en Informática, mediante el cual se verifica el cumplimiento de las normas generales y específicas de aplicación en el ámbito del peritaje informático, ya sean de tipo administrativo o técnico. El fin último del visado colegial es asegurar que el perito informático colegiado ejerza profesionalmente de acuerdo a unos mínimos de calidad y seguridad, los cuales son fijados por la norma en beneficio de los usuarios, el propio profesional y la sociedad en su conjunto. Por tanto, se trata de una función de carácter público y realizada en interés general, supervisada por un colegio profesional creado por Ley.

Un visado colegial legalmente válido es otorgado siempre por un colegio profesional creado por Ley. Extreme las precauciones frente a visados otorgados por asociaciones y otros organismos que carecen de toda validez legal.

El visado colegial del peritaje informático le garantiza la identidad, la titulación y la habilitación legal del perito informático que suscribe el trabajo. Asimismo acredita la autentificación, el registro, la corrección formal de presentación de los documentos y que se ha contemplado la normativa aplicable para el trabajo pericial informático, pero no sanciona el contenido del trabajo pericial informático ni su corrección técnica, responsabilidad del perito informático autor del trabajo.

El visado colegial dota de mayor rigor al peritaje informático aportándole un plus de credibilidad reconocido por los tribunales de justicia.

El visado colegial del peritaje informático no es un mero sello administrativo ni pretende ser un eslabón más en la cadena burocrática, sino que busca aportar garantías de servicio a su receptor y un nivel mínimo de calidad en los trabajos.

El proceso de concesión del visado colegial tiene dos partes claramente diferenciadas:

  • Certificación administrativa: El Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática certifica la condición de colegiado habilitado del perito informático autor de los trabajos, así como su cualificación profesional.

  • Certificación profesional: Otro perito informático colegiado examina y certifica la corrección formal del peritaje informático y el cumplimiento de la normativa aplicable.

 

Solo en el caso de que ambos procesos, el profesional y el administrativo sean correctos, se concede el visado colegial.

La obtención del visado colegial garantiza:

  • El reconocimiento de que el perito informático es un Ingeniero Técnico en Informática colegiado, que está legalmente cualificado, y que no está inhabilitado para el ejercicio profesional.

  • La defensa de la propiedad intelectual del trabajo o labor.

  • Una protección razonable contra la usurpación de personalidad del perito informático autor de los trabajos, es decir, un reconocimiento de que la firma corresponde al Ingeniero Técnico en Informática colegiado autor del trabajo.

  • Que el peritaje informático es formalmente completo, en el sentido que incluye el contenido mínimo necesario para su finalidad, y que cumple con la normativa vigente de aplicación.

  • Que el perito informático autor de los trabajos ha tenido en cuenta para su elaboración las disposiciones legales aplicables en todas y cada una de sus fases.

  • La existencia de una corporación de derecho público que puede mediar en caso de conflicto con el perito informático colegiado autor de los trabajos.

Desde realizaremos todos los trámites necesarios para la obtención del visado colegial para el peritaje informático que le entreguemos, si así nos lo requiere.

El coste de dicho trámite está regulado por el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática y suele oscilar entre 50 y 100 Euros.

Sí, el perito informático debe conocer y respetar los derechos fundamentales de las partes durante su labor. En muchas ocasiones la labor profesional del perito puede colisionar con derechos fundamentales de las partes afectadas o de terceros, lo que no solo puede ocasionar en el profesional un dilema moral y ético, sino la ilicitud de la prueba digital intervenida y su nulidad probatoria, además de las correspondientes responsabilidades civiles y penales que se le puedan imputar.

Nuestro despacho profesional remite en todos los casos un convenio de confidencialidad al cliente al inicio del proceso. En este documento nos comprometemos a utilizar la información a la que tengamos acceso únicamente para la realización del informe pericial. En dicho documento también incluimos el cumplimiento de la protección de los datos personales según la legislación vigente.

Nuestra compañía custodia toda la documentación con la misma rigurosidad, desde imágenes explícitas de delitos hasta el documento comercial menos trascendente.

Toda la información que recibimos de usted se almacena adecuadamente y solamente es accesible por el perito encargado de analizarla y por el perito titular de este despacho profesional.

Cuando existen informes periciales realizados por cuerpos de seguridad (Guardia Civil, Policía Nacional, Mossos d'Esquadra, Ertzaintza, Policía Local, etc.), nuestros peritos actúan igual que en el resto de casos. Analizamos toda la documentación y especialmente el informe policial, valorando tanto la metodología como las premisas aceptadas o las conclusiones a las que se llegan.

Si técnicamente se puede argumentar y, lo más importante, defender adecuadamente en acto de juicio, realizaremos un dictamen contradictorio debidamente justificado que permita su presentación en el juzgado con plenas garantías.

En estos casos, es frecuente que el día del juicio sea necesario un careo con los policías que han realizado el informe. Todos nuestros técnicos cuentan con formación y experiencia suficiente para poder realizarlo con solvencia técnica y plena fiabilidad.

Si, siempre que no vayan en contra de la imparcialidad del informe. Tenga en cuenta que la labor del perito está sujeta a responsabilidad civil y penal, pudiéndole acarrear fuertes multas económicas y penas de cárcel en caso de no ser totalmente imparcial en sus informes.

Cuando contrata nuestros servicios, nos convertimos, junto con su abogado, en parte activa de su proceso. Es importante que nos facilite toda la documentación relacionada con el objeto del peritaje. Por ejemplo, en el caso de la defensa por la demanda de un producto que presente incidencias, queremos evaluar el presupuesto inicial, los e-mails intercambiados con el cliente, la ficha de especificaciones del producto, el contrato, etc.

De hecho, a los abogados les aconsejamos que nos remitan la demanda y la contestación a la demanda para estudiar todos los argumentos de ambas partes.

Básicamente, necesitamos estudiar cualquier documento u opinión que puedan influir, directa o indirectamente, en el dictamen. Como expertos determinaremos qué es importante y qué es superfluo. De esa forma evitaremos sorpresas el día de ratificar el informe en el juicio oral. En este sentido, confiar en nosotros es su mejor garantía.

Una vez validado el dictamen, procederemos a enviárselo telemáticamente, firmado digitalmente por el autor del mismo, a través de un canal seguro. Recuerde que es una empresa responsable con el medio ambiente y por ello está catalogada como Oficina Sin Papel. A pesar de ello, si usted necesitara copias impresas le enviaríamos dos sin ningún coste adicional a la dirección que nos indique.

De forma habitual lo recibirá en las próximas 24 horas. En cualquier caso, cuando el informe sea urgente, utilizaremos el servicio que le permita disponer del documento cuando lo necesite.

Tanto si es abogado como solicitante directo, una vez finalizado el dictamen le podremos remitir una copia del mismo en el formato electrónico que nos solicite, para que pueda revisarlo antes de su emisión definitiva. Si lo prefiere, le remitiremos un enlace al documento que podrá descargarse directamente.

No tendremos ningún inconveniente en puntualizar, matizar o ampliar aquellas cuestiones que considere oportunas, siempre que no supongan una aportación técnica que no podamos mantener o vulnere la imparcialidad del informe.

Cuando analizamos un caso, estudiamos toda la documentación y consideramos toda la información que nos facilita el cliente directamente o su abogado. Nos implicamos totalmente en cada caso, dedicando el tiempo que sea necesario, para facilitar una visión técnica de las posibilidades reales de realizar el informe pericial.

La provisión de fondos son los honorarios que abona el cliente por este análisis inicial y que van a cuenta de los honorarios totales del informe pericial.

Los honorarios por la realización del informe pericial se calculan de forma objetiva considerando diferentes factores:

  • Documentación a analizar.
  • Procesos necesarios.
  • Complejidad.
  • Perfil del experto/s a asignar.
  • Necesidad de procesos complementarios (como ensayos en laboratorio).
  • Urgencia del dictamen.

Todo ello se resume en que confeccionamos una propuesta económica cerrada de acuerdo al trabajo que debe realizarse y consecuentemente, al tiempo que vamos a dedicar. Esta propuesta se la facilitaremos antes de encargarnos el peritaje y no existen desviaciones posteriores. No cobramos porcentajes ni aplicamos fórmulas extrañas.

Pídanos presupuesto sin ningún compromiso desde nuestra sección de CONTACTO.

Sí. Una vez resueltas todas sus dudas y estudiada la viabilidad de la pericial, procederemos a enviarle un presupuesto gratuito y sin ningún tipo de compromiso.

Sí. Recuerde que un informe pericial no puede asegurar el éxito del litigio, ya que este, también depende del buen hacer de los abogados y de la interpretación del juez. En cualquier caso, nuestros informes aumentan las posibilidades de éxito del mismo.

Sí, siempre y cuando se nos comunique el encargo del trabajo con suficiente tiempo de antelación. Por lo general realizaremos uno o dos desplazamientos. El primero sería para realizar la adquisición de las evidencias digitales objeto de estudio. Este trámite se podrá omitir si fuera posible que el cliente nos envíe la prueba electrónica. Por ejemplo, si el trabajo consistiera en autentificar mensajes de WhatsApp bastaría con que el cliente nos enviara por correo postal el teléfono móvil. El segundo desplazamiento sería para la ratificación del informe en sede judicial. Este trámite se podría omitir si el juzgado en cuestión dispone de medios telemáticos.

Para cancelar su subscripción solo tiene que enviarnos un correo electrónico a través de nuestra sección de CONTACTO. En la sección "Indique asunto" seleccione la opción "Anular subscripción". Nos ayudaría mucho que incluyera un comentario indicándonos el motivo de la baja de nuestro Newsletter. Sus comentarios son muy importantes para ayudarnos a mejorar.

SUSCRIBIRSE

Recibe las últimas novedades por email

Recuerde que puede darse de baja enviando un correo a info@forensictech.es
Ir al contenido